Advertencia:
 
El Ministerio de Justicia recuerda que de conformidad con el artículo primero de la Ley 25/1986, de 24 de diciembre, de Supresión de las Tasas Judiciales, las actuaciones del Registro Civil son gratuitas,​ y sus certificaciones pueden obtenerse directamente por los ciudadanos sin coste alguno y sin que estén sometidas al pago de ninguna tasa o derecho, bien presencialmente ante la Oficina del Registro Civil correspondiente, bien a través de la Sede electrónica del Ministerio de Justicia.
 
El Ministerio de Justicia advierte que no tiene relación alguna con ninguna de las páginas web que ofrecen a los ciudadanos la obtención de dichas certificaciones a cambio de un precio. Estas cantidades no se corresponden en ningún caso con el pago de ninguna tasa o derecho a abonar al Ministerio de Justicia, ya que, como se indica en el párrafo anterior, las certificaciones del Registro Civil son gratuitas.